jueves, 20 de noviembre de 2008

El Constitucional inadmite un recurso contra la denegación de una exhumación.

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El Constitucional inadmite un recurso contra la denegación de una ...

El Constitucional inadmite un recurso contra la denegación de una exhumación

EFE - 20/11/2008 17 : 25

Madrid, 20 nov (EFE).- El Tribunal Constitucional (TC) no ha admitido a trámite el recurso de amparo interpuesto por una mujer -cuya madre fue asesinada en 1936- después de que primero un juez de Lucena y luego la Audiencia de Córdoba decidieran no autorizar la apertura de la fosa donde se supone que están sus restos.

La demandante contaba con el respaldo de la Fiscalía, que llegó a pedir que se dejara sin efecto una providencia del pasado 14 de abril -en la que el Alto Tribunal ya inadmitía el recurso por considerar que carecía de trascendencia constitucional- alegando que lo ocurrido debía considerarse no un asesinato, sino un delito de "desaparición forzada", que no prescribe.
Este caso es citado en el auto en el que el juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón acordó el pasado martes inhibirse de la investigación sobre las desapariciones en la Guerra Civil y el franquismo, en el que reproduce el informe de la Fiscalía del Tribunal Constitucional a favor de la admisión del recurso.

Según Garzón, el hecho de que el Ministerio Público defienda en el TC la tesis "exactamente contraria" a la que mantiene en la Audiencia Nacional "es un ejemplo de inseguridad jurídica para las víctimas, clamoroso, de parte de quien se constituye en garante de la legalidad".

En su resolución, el juez afirma erróneamente que el asunto está aún "pendiente de admisión", ya que el Constitucional dictó el pasado 28 de octubre un auto, al que ha tenido acceso Efe, en el que rechaza el recurso de súplica del fiscal contra la providencia anterior y le acusa de "reconstruir" la demanda de la denunciante introduciendo argumentos que no estaban en la original.

"No pueden acogerse los argumentos que discuten la calificación de los hechos denunciados para considerar inaplicable el criterio de la prescripción, porque nada discute la demanda de amparo al respecto", alega el TC para rechazar el recurso sin entrar en el fondo del asunto.

La mujer, Rocío Borrego, denunció el 20 de octubre de 2004 en el Juzgado de Lucena (Córdoba) la desaparición a primeros de noviembre de 1936 de su madre, Ricarda Ana Corbacho, de quien dijo que fue detenida en esas fechas por la Guardia Civil, añadiendo que le habían comentado "que fue ejecutada en el arroyo de la Coca de Jauja".

El juez archivó ese mismo día las actuaciones al considerar que los hechos no eran constitutivos de delito y poco después rechazó el recurso de reforma interpuesto por la denunciante por prescripción del delito.

También la Audiencia de Córdoba, a la que la mujer apeló, desestimó el recurso en una resolución en la que, además, decía que el ámbito penal "no debe ser instrumento de satisfacción de lo que pueden ser legítimas pretensiones, pero en todo caso ajenas al ámbito punitivo, siendo otras administraciones, sobre todo en el ámbito local (...), las encargadas, en su caso, de satisfacerlas".
La mujer presentó entonces un incidente de nulidad de actuaciones invocando la vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva y a un proceso con todas las garantías, pero la Audiencia cordobesa decidió no admitirlo a trámite porque cuando lo interpuso habían transcurrido casi nueve meses desde la notificación de la resolución impugnada, cuando el plazo para recurrir es de veinte días.

El último paso dado por la mujer fue acudir al Constitucional, ante el que presentó un recurso de amparo cuya inadmisión es la que ha sido decidida hace unos días por el Alto Tribunal.

EFE jav/br
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