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miércoles, 3 de diciembre de 2008

El Supremo rechaza investigar el franquismo.

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El Supremo descarta ser competente para investigar los crímenes del franquismo

El Tribunal publica una providencia en la que dice que no existe "ninguna razón ni fundamento legal" que justifique el conocimiento por este tribunal de la investigación.»

Lea la resolución del Supremo
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El Supremo descarta ser competente para investigar los crímenes del franquismo

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MADRID, 3 Dic. (EUROPA PRESS) -

La Sala de lo Penal del tribunal Supremo hizo público hoy una providencia en la que señala que no existe "ninguna razón ni fundamento legal" que justifique el conocimiento por este alto tribunal de la investigación sobre las personas inicialmente señaladas por el juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón como responsables de las desapariciones durante la Guerra civil y el franquismo.

Con este documento, que tiene fecha de 26 de noviembre, el Supremo responde al requerimiento que le hizo la nieta del que fuera presidente de la segunda República Juan Negrín, para que fuera esta alta instancia judicial la que entendiera de la causa iniciada por Garzón por considerar que las personas contra las que se dirigía este procedimiento eran aforadas y, por lo tanto, debían ser investigadas por el Tribunal Supremo.

A este respecto el Alto Tribunal señala "que no resulta que alguna persona que pudiera haber intervenido o participado en los hechos a los que el escrito se refiere desempeñe en la actualidad" alguno de los cargos mencionados en la ley como aforados, "ni que alguna de las personas que actualmente los desempeñen en los diferentes ámbitos del Estado, interviniera o participara en los hechos a los que el escrito alude". Por otro ello, el Supremo concluye que la petición de la nieta de Negrín debe ser archivada.
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El Supremo rechaza la petición de la nieta de Negrín para investigar los crímenes del franquismo

La Sala de lo Penal del tribunal Supremo hizo público hoy una providencia en la que señala que no existe "ninguna razón ni fundamento legal" que justifique el conocimiento por este alto tribunal de la investigación sobre las personas inicialmente señaladas por el juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón como responsables de las desapariciones durante la Guerra civil y el franquismo.

diarioDirecto 03/12/08

Con este documento, que tiene fecha de 26 de noviembre, el Supremo responde al requerimiento que le hizo la nieta del que fuera presidente de la segunda República Juan Negrín, para que fuera esta alta instancia judicial la que entendiera de la causa iniciada por Garzón por considerar que las personas contra las que se dirigía este procedimiento eran aforadas y, por lo ta nto, debían ser investigadas por el Tribunal Supremo.A este respecto el Alto Tribunal señala "que no resulta que alguna persona que pudiera haber intervenido o participado en los hechos a los que el escrito se refiere desempeñe en la actualidad" alguno de los cargos mencionados en la ley como aforados, "ni que alguna de las personas que actualmente los desempeñen en los diferentes ámbitos del Estado, interviniera o participara en los hechos a los que el escrito alude". Por otro ello, el Supremo concluye que la petición de la nieta de Negrín debe ser archivada.
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El Tribunal Supremo dice que no es competente para juzgar el franquismo

Cadena SER.

El Supremo dice que no es competente para juzgar el franquismo tras la petición de la familia Negrín

El Alto Tribunal argumenta que ninguno de los supuestos responsables de esos hechos desempeña en la actualidad un cargo que le convierta en aforado y, por tanto, en enjuiciable por este órgano

EFE 03-12-2008

El Tribunal Supremo ha rechazado asumir la competencia para investigar las desapariciones durante la Guerra Civil y el franquismo porque ninguno de los supuestos responsables de esos hechos desempeña en la actualidad un cargo que le convierta en aforado y, por tanto, en enjuiciable por este órgano. En una providencia notificada este jueves, la sala de lo penal del Alto Tribunal desestima con este argumento la cuestión de competencia planteada por Carmen Negrín, nieta del presidente del Gobierno de la II República Juan Negrín (1937-1945), que pretendía que el Supremo asumiera la investigación de los crímenes del franquismo.

La Audiencia Nacional desautoriza a Garzón para investigar los crímenes del franquismo
Ferrol retirará los títulos honoríficos otorgados a la familia Franco
Decepción entre las asociaciones por la retirada de Garzón en la causa del franquismo
Garzón se inhibe en la causa del franquismo en favor de los juzgados territoriales
La nieta de Negrín se querella contra los jueces que pararon las exhumaciones
La Audiencia Nacional aplaza su decisión sobre la apertura de las fosas
La Audiencia Nacional autoriza a familiares de Lorca presenciar la apertura de la fosa del poeta
La Audiencia Nacional decide paralizar las exhumaciones que autorizó Garzón

El tribunal concluye que del relato de hechos planteado por Negrín "no resulta (...) que alguna persona que pudiera haber intervenido o participado en los hechos (...) desempeñe en la actualidad alguno de los cargos" que le convierten en aforado, como son los de miembro del Gobierno, diputado o senador, juez o consejero del Tribunal de Cuentas, entre otros muchos.
Ni "razón" ni "fundamento legal"

El Supremo añade que tampoco "alguna de las personas que actualmente desempeñen estos cargos en los diferentes ámbitos del Estado interviniera o participara en los hechos". Por ello, el tribunal considera que no hay "ninguna razón ni fundamento legal que justifique el conocimiento por la sala de lo penal" de la investigación de las desapariciones durante la Guerra Civil y el franquismo, por lo que desestima el recurso de Carmen Negrín y ordena su archivo.

La nieta del presidente del Gobierno republicano había instado a la sala de lo penal de la Audiencia Nacional a no pronunciarse sobre si el juez Baltasar Garzón era o no competente para investigar los hechos hasta que el Supremo tomara una decisión sobre el asunto. Además, el pasado 17 de noviembre interpuso ante el Tribunal Supremo una querella por prevaricación contra los magistrados de esa sala que diez días antes habían votado a favor de paralizar las exhumaciones de desaparecidos ordenadas por Garzón.
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El Supremo rechaza investigar el franquismo
El País-

El Supremo descarta ser competente para investigar los crímenes ...
ABC.es -

El Supremo también se declara incompetente para juzgar el franquismo
Público-

El Supremo descarta ser competente para investigar los crímenes ...
La Vanguardia -

El Tribunal Supremo no encuentra «ninguna razón ni fundamento ...
La Verdad (Murcia) -
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sábado, 29 de noviembre de 2008

La Audiencia cierra el paso a la causa contra la rebelión franquista. El País.

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Sin Garzón, pero sigue

EDITORIAL:

El problema moral que plantean las fosas requiere una respuesta del Estado democrático

29/11/2008

Si el asunto de las fosas comunes con restos todavía sin identificar de miles de víctimas de la Guerra Civil y del franquismo se ha enredado jurídicamente y convertido en apasionado debate actual se debe a la pasividad del Estado en resolverlo. De haberse producido a tiempo la respuesta adecuada en un Estado de derecho, poniendo en marcha los procedimientos administrativos y judiciales ordinarios, el asunto no habría llegado a la Audiencia Nacional ni a las manos del juez Garzón, que es lo que más parece haber preocupado a algunos.

La Recuperación de la Memoria Histórica
A FONDO

Ayer, la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional negó casi por unanimidad que el tema fuera de su jurisdicción y rechazó, por tanto, la competencia de Garzón para abrir ningún proceso penal al franquismo en relación con las fosas comunes donde yacen restos de víctimas sin identificar esparcidas por toda España. La decisión tiene escasos efectos prácticos. Garzón ya se desentendió del caso al inhibirse a favor de los respectivos juzgados donde se encuentran las fosas, una vez certificada judicialmente la muerte de los presuntos culpables. Pero tiene un incontestable valor jurídico: niega que la rebelión militar contra la República constituyera un delito contra la forma de Gobierno, inexistente en el actual Código Penal, lo que priva al juez del argumento principal para hacerse con el caso e investigar el delito de detención ilegal con desaparición forzosa que, a su juicio, constituyó la ejecución de las miles de víctimas que yacen en las fosas.

El caso queda fuera de la Audiencia Nacional pero sigue vivo. Más allá de su endeblez jurídica, la iniciativa de Garzón ha tenido el mérito de atender a los deudos de las víctimas y de situar en primera línea el problema moral que le plantea a la actual sociedad española tener todavía restos de miles de compatriotas asesinados en la Guerra Civil y en la dictadura enterrados sin identificar en los campos de España. La decisión judicial no paraliza las tareas de identificación y exhumación que puedan corresponder a los juzgados territoriales y que es de esperar que la fiscalía apoye con igual empeño que el desplegado contra la iniciativa de Garzón. Abrir esas fosas, identificar sus restos y entregarlos a sus familias para ser enterrados en lugar civil o sagrado, no es, como dicen algunos con una increíble falta de piedad, reabrir viejas heridas, sino cumplir un deber pendiente.

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La Audiencia cierra el paso a la causa contra la rebelión franquista

El golpe de Estado de Franco no está entre los delitos que juzga el tribunal, según la Sala de lo Penal - Los juzgados locales podrán seguir ordenando exhumaciones

MANUEL ALTOZANO - Madrid - 29/11/2008

La Audiencia Nacional no es competente para investigar la insurrección franquista contra la República que se inició en Melilla el 17 de julio de 1936. La Sala de lo Penal de ese tribunal confirmó ayer con el voto a favor de 14 de sus 18 magistrados -tres votaron en contra y otro más se encontraba de permiso- que el juez Baltasar Garzón no es competente para encausar a Francisco Franco y otros 44 miembros de sus gobiernos y de Falange que se sublevaron contra el Gobierno constitucional hace 78 años, causando una guerra civil que dejó centenares de miles de muertos y desaparecidos. Y no lo es porque ese golpe de Estado no fue un delito contra la forma de Gobierno, como alegó Garzón, sino una rebelión, que no se encuentra entre los crímenes atribuidos a la Audiencia.

14 de los 17 magistrados niegan la competencia de Garzón en el caso
El pleno rechazó el recurso de la nieta de Negrín contra el veto a desenterrar


Lo que el pleno de la Sala de lo Penal debatió ayer durante más de cuatro horas, en realidad, estaba ya resuelto, aunque de otra manera. El 18 de noviembre, Garzón se inhibió de su causa en favor de 62 juzgados territoriales al considerar que la responsabilidad de Franco y de los altos cargos que protagonizaron la represión durante la guerra y la posguerra estaba extinguida por el fallecimiento de éstos. Quedaba viva, sin embargo, la cuestión de competencia que interpuso ante la Sala contra Garzón el fiscal jefe de la Audiencia, Javier Zaragoza, una impugnación sin precedentes en la historia del tribunal y que tiene su origen en el enfrentamiento personal entre Zaragoza y Garzón por este caso.

El pleno de ayer dio en parte la razón al fiscal al negar que el juez sea competente para investigar la dictadura. Pero no porque sus principales protagonistas estén muertos desde hace años, sino porque el delito investigado no se encuentra en el catálogo de los que, según el artículo 65 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, corresponde enjuiciar a la Audiencia. En el auto por el que inició su investigación el pasado 16 de octubre, Garzón justificó su competencia al considerar que el golpe de Estado franquista era un delito "contra los altos organismos de la Nación y la forma de Gobierno", cuya investigación corresponde a la Audiencia.

Ese criterio fue mayoritariamente rechazado por los magistrados. La mayoría entendió que la sublevación militar fascista de julio de 1936 constituiría en realidad un delito de rebelión, que no se encuentra entre los delitos contra la forma de Gobierno, como mantenía el fiscal. Su investigación, según su escrito, no correspondería a la Audiencia, sino a la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, la encargada de instruir y juzgar las causas contra los miembros del Gobierno.

La decisión, de la que fue ponente el presidente, Javier Gómez Bermúdez, no fue, en cualquier caso, pacífica. Contra ella votaron los magistrados José Ricardo de Prada, Ramón Sáez Valcárcel y Clara Bayarri. Otros dos magistrados mostraron serias discrepancias con los argumentos que finalmente se impusieron y, aun considerando que Garzón no es competente en la causa, anunciaron la presentación de un voto particular para exponer sus propios razonamientos jurídicos.

El fallo, que no fue hecho público, no afecta al resto de actos ordenados por Garzón en su auto. La causa seguirá viva en los juzgados a favor de los cuales se inhibió el 18 de noviembre, si así lo estiman sus titulares, que podrán seguir adelante ordenando la apertura de fosas. La suspensión de exhumaciones decretada por la Sala el 7 de noviembre queda sin efecto dado que la competencia para decidir sobre ellas ya ha sido transferida a los juzgados de las poblaciones de los enterramientos. El juez envió ayer a los juzgados de Pamplona, Herrera del Duque (Badajoz), Trujillo (Cáceres) y Astorga (León) las solicitudes de apertura de cinco fosas.

Queda por resolver el recurso de apelación ante la Sala presentado por el fiscal y que Garzón no admitió a trámite por considerar que, previamente, el ministerio público debió presentar otro ante él. Fuentes de la Audiencia aseguran que no será tramitado por los 18 miembros de la Sala, sino por una sección penal (tres magistrados), que muy probablemente lo archivarán, según fuentes jurídicas, por quedar sin contenido.

Los magistrados rechazaron el pasado miércoles el recurso presentado por la nieta del ex presidente del Consejo de Ministros de la República, Juan Negrín, contra la decisión de suspender cautelarmente la apertura de fosas por vulnerar su derecho a la tutela judicial efectiva al no haber permitido alegar a las partes. El tribunal asegura que se trataba de una medida de especial urgencia solicitada por el fiscal, por lo que no era necesario que se diera traslado a las partes para adoptarla.

Ese argumento es al que se acogerá la Asociación para la Recuperación de la Memoria Histórica, que ayer anunció que recurrirá la decisión "por haber sido apartada del procedimiento".
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viernes, 28 de noviembre de 2008

La Audiencia Nacional retomará hoy el debate para determinar si Garzón es competente en la causa.

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La Audiencia Nacional retomará hoy el debate para determinar si ...

Diario Siglo XXI

La Audiencia Nacional retomará hoy el debate para determinar si Garzón es competente en la causa

Redacción / EP

El Pleno de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional retomará hoy, viernes, el debate en el que determinará si el juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón es competente en la investigación sobre los crímenes cometidos durante la Guerra Civil y el Franquismo, de la que se inhibió el pasado día 18 en favor de los juzgados territoriales, informaron fuentes jurídicas.

Los 18 magistrados que componen este órgano deben tomar una decisión sobre el incidente de competencia que promovió el fiscal-jefe de la Audiencia Nacional, Javier Zaragoza, para apartar a Garzón de la investigación y sobre los recursos de apelación y queja que presentó contra el auto en el que el magistrado se declaraba competente para asumir esta causa. En relación con la primera inciativa, la Sala dio traslado el pasado miércoles a todos sus integrantes de un informe de entre ocho y diez páginas que Garzón presentó el pasado lunes para justificar la asunción de la investigación.

PETICIÓN DE LA NIETA DE NEGRÍN
Los jueces superiores al instructor comenzaron a estudiar los recursos sobre la memoria histórica el pasado miércoles, con el examen de la petición realizada por la nieta del ex presidente del Gobierno de la II República Juan Negrín para que los diez magistrados que acordaron paralizar la apertura de fosas autorizada por Garzón se abstuvieran en la tramitación del incidente de competencia. Además, la Sala de lo Penal también debe pronunciarse en relación con el recurso de súplica que las asociaciones de recuperación de la memoria histórica, que han impulsado la causa, presentaron contra la decisión de este órgano de paralizar de forma cautelar las exhumaciones que se habían autorizado. Según las citadas fuentes, si el Pleno no tuviera tiempo para abordar todos estos asuntos, convocaría una nueva sesión para el próximo lunes, al objeto de zanjar el debate sobre la memoria histórica en el menor tiempo posible.

EXHUMACIONES AUTORIZADAS
De acuerdo con su último auto aclaratorio, al que tuvo acceso Europa Press, desde que el pasado 16 de octubre se declarara competente en la investigación el juez Garzón ha autorizado la apertura de fosas comunes situadas en 64 localidades de 26 provincias españolas.

Los enterramientos se encuentran en Aranga (A Coruña); San Martín del Rey Aurelio (Asturias); Finca "La Crespa" y Santa Amalia (Badajoz); Montes Rasineros (Castellón); el cementerio de Córdoba; Las Gabias, Víznar y Alfácar (Granada); La Palma del Condado, Niebla y Bonares y Calañas (Helva); Artieda (Huesca); Portomarin y Mondoñedo (Lugo).

También existen fosas comunes en Parrillas (Toledo); Adrada de Haza, Milagros, San Juan del Monte y Valdenoceda (Burgos); La Robla, Ponferrada, Balboa, Dehesas, Camponaraya, Magaz de Abajo, Tejedo del Sil, Lago de Carucedo, Brañuelas, Friera, Rodanillo, San Juan de la Mata, Ocero, Sobrado, Algadefes, Fuentes Nuevas, Vilasumil, Toreno, Santa Lucía de Gordón, Busdongo, La Collada de Carmenes, Villaceid, Quintanilla de Combarros, Pombriego, Santalla, Fresnedo, San Pedro Mallo y Toral de Merayo (León).

Otros lugares donde Garzón autorizó la realización de exhumaciones son La Serena (Madrid); Valle de los Caídos (San Lorenzo del Escorial); Fuerte San Cristóbal (Navarra); Ventosa de Pisuerga y Villamedina (Palencia); Baiona-O Rosal, Porriño y San Andrés de Xeve (Pontevedra); Robleda (Salamanca); Berlanga de Duero (Soria); Maire de Castroponce y Santa Marta de Tera (Zamora); Calatayud (Zaragoza); Porreres y Calvià (Mallorca).
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miércoles, 26 de noviembre de 2008

El juez se defiende tras el incidente de la competencia planteado por el Fiscal.

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El juez se defiende tras el incidente de la competencia planteado ...

El juez se defiende tras el incidente de la competencia planteado por el Fiscal

El juez Baltasar Garzón presentó ayer ante la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional su informe en respuesta al incidente de competencia planteado por el fiscal jefe Javier Zaragoza cuando el magistrado se declaró competente para investigar las desapariciones en la Guerra Civil y el franquismo. En ese informe, según fuentes jurídicas, Garzón tiene que defender la decisión de declararse competente para investigar estos hechos y que adoptó el pasado 16 de octubre; pero también debe justificar la que acordó un mes después, el pasado día 18, y que fue inhibirse en favor de los juzgados territoriales tras certificar que todos los altos cargos del régimen franquista estaban muertos. Según han informado fuentes jurídicas, este informe, de unos díez folios, podría ser estudiado en la reunión convocada para mañana por el Pleno de la Sala de lo Penal.
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La Audiencia Nacional aplaza hasta el viernes el debate sobre si Garzón es competente en la causa.

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Memoria.- La Audiencia Nacional aplaza hasta el viernes el debate ...

La Audiencia Nacional aplaza hasta el viernes el debate sobre si Garzón es competente en la causa

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El Pleno de la Sala de lo Penal comienza a debatir la solicitud de abstención planteada por la nieta de Negrín

MADRID, 26 Nov. (EUROPA PRESS) -

El Pleno de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional aplazó hoy hasta el próximo viernes el debate sobre todos los recursos que se encuentran pendientes en relación con la investigación sobre los crímenes de la Guerra Civil y el Franquismo abierta por el juez Baltasar Garzón, incluido el incidente de competencia contra el magistrado que promovió la Fiscalía, informaron fuentes jurídicas.

Los 18 magistrados que forman este órgano se reunieron con cáracter extraordinario para abordar este asunto, aunque únicamente comenzaron a debatir el recurso de súplica y la petición realizada por la nieta del ex presidente del Gobierno de la II República Juan Negrín para que los diez magistrados que acordaron paralizar la apertura de fosas de la Guerra Civil autorizada por Garzón se abstuvieran en la tramitación del incidente.

Además de tomar contacto con este asunto, la Sala dio traslado a sus integrantes del informe de entre ocho y diez páginas que Garzón presentó el pasado lunes para justificar el auto que dictó el pasado 16 de octubre para declararse competente en la causa.

De esta forma, el máximo órgano de la Sala de lo Penal comenzará su sesión plenaria del viernes debatiendo las peticiones de la nieta de Negrín, Carmen Negrín Fetter, para tratar a continuación el incidente de competencia de la Fiscalía contra Garzón, los recursos de apelación y queja que esta parte presentó contra los autos en los que el juez asumió la causa y los recursos de súplica planteados por las asociaciones de memoria histórica contra la paralización de las exhumaciones.

Según las citadas fuentes, si el Pleno no tuviera tiempo para abordar todos estos asuntos, convocaría una nueva sesión para el próximo lunes, al objeto de zanjar el debate sobre la memoria histórica en el menor tiempo posible. Este órgano también celebrará mañana, jueves, su habitual reunión semanal, aunque en ella únicamente tratará asuntos ordinarios que se encuentran pendientes, como la tramitación de extradiciones.

ABSTENCIÓN DE DIEZ MAGISTRADOS
La iniciativa de la nieta de Negrín, cuyo debate estaba previsto para el pasado 13 de noviembre, solicita la abstención de los diez magistrados, entre los que se encuentra el presidente de la Sala de lo Penal, Javier Gómez Bermúdez, al entender que actuaron sin la debida imparcialidad porque la paralización de las exhumaciones se adoptó sin escuchar al resto de partes personadas en la causa.

Además de Gómez Bermúdez, los magistrados que son objeto de esta solicitud son los presidentes de la Sección Segunda, Fernando García Nicolás; Tercera, Alfonso Guevara; y Cuarta, Ángela Murillo; y los miembros de la Sala Nicolás Poveda, Ángel Hurtado, Julio de Diego, José Ricardo de Prada, Guillermo Ruiz Polanco y Juan Francisco Martell.

Por su parte, Teresa Palacios, Manuela Fernández de Prado, Ángeles Barreiro, Javier Martínez Lázaro y Ramón Sáez dictaron un voto particular discrepante en el que alegaban que la medida cautelar sólo podía haberse adoptado en contestación a un recurso y no como resultado del incidente de competencia. A la reunión en la que se acordó esta medida no acudieron los jueces Clara Bayarri, José Ricardo de Prada y Enrique López.

La nieta de Negrín también solicitó a la Audiencia Nacional, a través de un recurso de súplica, los nombres de los magistrados que votaron a favor de la paralización con la intención de presentar una querella en su contra por prevaricación, así como el del fiscal que solicitó esta medida con carácter cautelar.

"DECISIÓN INJUSTA"
Según la querella, que fue presentada el pasado día 17, los magistrados que votaron a favor de frenar la investigación y el fiscal que solicitó la paralización de las exhumaciones, Carlos Bautista, adoptaron, "a sabiendas", una decisión "injusta" porque los otros cinco jueces que firmaron el voto particular discrepante "les estaban advirtiendo de ello".

Además, Garcés presentó el pasado 27 de octubre un requerimiento solicitando la inhibición de la Audiencia Nacional a favor del Tribunal Supremo para el estudio del incidente de competencia contra Garzón.

En este escrito instaba a la Sala de lo Penal a suspender la tramitación de la cuestión de competencia "en tanto el alto tribunal resuelve el requerimiento".
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jueves, 23 de octubre de 2008

La Audiencia Nacional comienza a estudiar si Garzón es competente para investigar el Franquismo

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MADRID, 23 Oct. (EUROPA PRESS)El Pleno de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional comenzó hoy a estudiar si el juez Baltasar Garzón es competente para investigar los crímenes que se produjeron durante la Guerra Civil y el Franquismo, informaron hoy fuentes jurídicas.
El Pleno dio hoy traslado a las partes de un incidente de competencia presentado por el fiscal-jefe de la Audiencia Nacional, Javier Zaragoza, directamente a la Sala de lo Penal en el que considera que el juez instructor "carece manifiestamente" de atribución "objetiva y funcional" para investigar estos hechos.

Por ello, ha promovido "el incidente previsto por el artículo 23 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal", que establece que, "si durante el sumario o en cualquier fase de instrucción de un proceso penal el Ministerio Fiscal entendiera que el juez instructor no tiene competencia para actuar en la causa, podrá reclamar ante el tribunal superior al que corresponda (...), el cual resolverá de plano y sin ulterior recurso".
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¿DONDE ESTA?

¿DONDE ESTA?
IN MEMORIAN