martes, 30 de septiembre de 2008

Los homosexuales condenados en el franquismo serán indemnizados

Fuente: http://www.publico.es/

Los homosexuales condenados en el franquismo serán indemnizados

El Estado pagará entre los 2.000 euros, para aquellos que permanecieron entre dos y seis meses en prisión, y los 6.010 euros, para los que estuvieron tres o más años.

EUROPA PRESS - Madrid - 30/09/2008 14:02

El Estado pagará a los homosexuales que fueron encarcelados durante la época del franquismo por su condición sexual, con cifras que varían entre los 2.000 euros para aquellos que permanecieron entre dos y seis meses en prisión y los 6.010 euros para los que estuvieron tres o más años, según se desprende de los Presupuestos Generales del Estado (PGE) para el 2009.
Así, a los homosexuales que fueron encarcelados entre seis meses y tres años, el Gobierno concederá una indemnización de 4.000 euros.

Estas personas fueron enviadas a prisión en aplicación de la Ley de 1953 que modificó la Ley de Vagos y Maleantes de 1933 o de la Ley sobre Peligrosidad y Rehabilitación Social de 1974.
La normativa establece que en caso de que estas personas hayan fallecido, el beneficiario será el cónyuge no separado legalmente o, en su caso, la persona que hubiera convivido con el beneficiario con análoga relación de afectividad a la del cónyuge durante, al menos, los dos años anteriores al momento del fallecimiento, salvo que hubieran tenido descendencia en común, en cuyo caso bastará la mera convivencia.

Comisión para cada caso
Las solicitudes para recibir este dinero serán estudiadas por una Comisión que estará presidida por la Dirección General de Costes de Personal y Pensiones Públicas e integrada por representantes de los Ministerios de Justicia, Interior y Economía y Hacienda, que será el encargado de abonar el importe.

Junto con la solicitud, los interesados deberán entregar un documento que acredite la decisión judicial o resolución administrativa que les envió a prisión, así como un certificado que atestigüe el periodo de tiempo que permanecieron en la cárcel.

La Comisión podrá no requerir la decisión judicial
No obstante, la Comisión podrá no requerir dichos documentos si considera que quedan suficientemente acreditados los hechos en el expediente.

Además, los familiares de las personas fallecidas "en defensa y reivindicación de las libertades y derechos democrático" durante el período comprendido entre el 1 de enero de 1968 y 31 de diciembre de 1977, recibirán 135.000 euros, "en atención a las circunstancias excepcionales que concurrieron en su muerte".

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