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COMUNICADO DE DISOLUCIÓN DE LA PLATAFORMA DE VÍCTIMAS DE DESAPARICIONES FORZADAS DEL FRANQUISMO (PVDFF)
El nacimiento de la Plataforma de Víctimas de Desapariciones Forzadas del Franquismo se produjo en el marco del procedimiento judicial abierto en la Audiencia Nacional a raíz de las denuncias presentadas en diciembre de 2006 y julio de 2007 por una serie de asociaciones de familiares de víctimas del franquismo. El Magistrado del Juzgado de Instrucción nº 5, con carácter previo a su decisión sobre la apertura del procedimiento, ordenó a las partes denunciantes la práctica de numerosas diligencias que requerían la puesta en común de la información de todas ellas y, por lo tanto, la necesidad de coordinarse y trabajar conjuntamente.
Todas las organizaciones que eran denunciantes el 12 de abril de 2008 constituyeron la Plataforma guiadas por el convencimiento de que ésta sería un instrumento importante en el desarrollo del trascendente proceso que se abría ante la sociedad española, y, sobre todo, por la voluntad de conducir este proceso hasta sus últimas consecuencias.
La Plataforma ha representado el papel de interlocutor ante la opinión pública, durante el laborioso y esperanzado tiempo en el que sus componentes han llevado a cabo un esfuerzo, en gran medida superior a sus medios, para atender de la mejor y más eficaz forma posible los requerimientos del Juez Instructor, que dicho sea de paso no ha actuado con la debida consideración hacia esta realidad. El punto de inflexión en el desarrollo de la Plataforma ha venido determinado por el mismo que se ha producido en el procedimiento judicial. En efecto, el Auto de Inhibición del Juez Instructor de 18 de noviembre ha evidenciado la divergencia en cuanto a los fines perseguidos por los colectivos de víctimas del Franquismo.
Algunas asociaciones, se han mostrado favorables y conformes con la actuación del Juez. Se han manifestado públicamente en este sentido, incluso con declaraciones de apoyo al Magistrado, al margen de la Plataforma, si bien generando la confusión de que representaban la opinión de todos los colectivos denunciantes. En este sentido, se han embarcado en una estrategia de solicitud de apertura de fosas por todo el territorio nacional.
Otras organizaciones, sin embargo, conscientes de que el proceso iniciado va mucho más allá, puesto que nos encontramos con la posibilidad real de que finalmente los crímenes del Franquismo sean juzgados, no ante la Historia, sino ante un tribunal de Justicia, nos hemos opuesto al Auto de Inhibición del Juez Instructor del Juzgado nº 5 de la Audiencia Nacional, que consideramos socialmente deplorable y jurídicamente incomprensible. Por esta razón, hemos presentado recurso contra el citado Auto, al considerar que el enjuiciamiento de los crímenes del Franquismo, en el marco de Crímenes contra la Humanidad y habida cuenta de la existencia de delitos de secuestro de niños en el extranjero para separarlos de sus padres, son competencia de la Audiencia Nacional según viene determinado por la Ley Orgánica del Poder Judicial. Y, por la misma razón, valoramos en la actualidad nuevas actuaciones judiciales que nos conduzcan a la consecución de nuestros fines que no son otros que conseguir, para las víctimas del Franquismo, la Justicia, la Verdad y la Reparación consagradas por el Derecho Internacional de los Derechos Humanos. En este empeño, ninguna de las organizaciones que en él nos hemos embarcado, vamos a cejar. Se lo debemos a los hombres y mujeres que dieron su vida por un mundo mejor.
COORDINADORA DE COLECTIVOSDE VICTIMAS DEL FRANQUISMO.
Noviembre de 2008.
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